La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) recordó que este martes 23 de julio es un feriado nacional por la celebración del Día de la Fuerza Aérea del Perú, según la Ley n.º 31822. En virtud de esta normativa, precisó que todos los trabajadores tienen el derecho a un descanso remunerado.
Además, el organismo adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) señaló que aquellos empleados que deban laborar ese día, ya sea por una necesidad especial de la empresa o debido a turnos rotativos, y que no reciban un día de descanso en sustitución del feriado, deben recibir una compensación económica triplicada por dicha jornada.
De acuerdo a Sunafil, es válido remarcar que esta remuneración está compuesta por tres conceptos:
- La remuneración correspondiente al feriado, que ya está incluida en el salario mensual.
- La remuneración diaria por el trabajo realizado.
- Un monto adicional equivalente al 100 % de la remuneración diaria por la labor efectuada.
Como ejemplo práctico, si un trabajador tiene una remuneración mensual de 1,025 soles, su remuneración diaria sería de 34,17 soles (1,025/30). Por trabajar en el feriado sin descanso sustituto, el empleado debería recibir 102,51 soles (34,17 x 3) por ese día.
Es importante tener en cuenta que no se considera labor en día feriado si el turno comienza en un día laborable y concluye en el feriado. Igualmente, no corresponde un pago adicional si al trabajador se le brinda un descanso sustituto en vez de pagar el feriado laborado.
Para las empresas, es crucial recordar que el incumplimiento de estos derechos puede resultar en sanciones monetarias. Las multas varían según el tipo de empresa y pueden llegar hasta los 270 mil soles.
La Sunafil detalló que continuará con su misión de informar tanto a empleadores como a trabajadores sobre las responsabilidades y derechos sociolaborales para evitar malentendidos y asegurar el cumplimiento de la normativa laboral en el país. Este compromiso busca proteger los derechos de los trabajadores y fomentar el respeto a la legislación laboral vigente.